El 26 de febrero de 2025, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó nuevas directrices sobre la solicitud inversa bajo el artículo 61 de MiCA. Esta actualización afecta a los residentes de la UE que deseen registrarse en plataformas extranjeras, estableciendo una interpretación más estricta de las normativas existentes.
El enfoque principal de estas directrices es regular a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs) que no poseen licencia en la UE. La ESMA busca evitar la elusión de MiCA y garantizar una supervisión coherente entre las autoridades de la UE, asegurando que solo los operadores con licencia puedan ofrecer sus servicios de manera legal dentro del mercado europeo.
Para los proveedores de servicios de criptoactivos sin licencia en la UE, la definición de 'solicitación' se ha endurecido significativamente. Bajo las nuevas reglas, cualquier acción que promocione, publicite u ofrezca servicios de criptoactivos dentro de la UE, incluso de manera indirecta, será considerada solicitación. Esto incluye campañas de marketing generalizadas que puedan llegar a residentes de la UE, ya que podrían exponer a la empresa a posibles sanciones por violaciones de MiCA.
La ESMA recomienda que los proveedores de criptos sin licencia en la UE adopten medidas preventivas, como el bloqueo geográfico, para evitar la exposición de su material promocional al público europeo. Sin embargo, si un cliente de la UE contacta de manera voluntaria, la solicitud inversa sigue siendo legal.
El concepto de solicitación es amplio e incluye cualquier acción promocional, anuncios o presentaciones de servicios a clientes de la UE a través de canales tradicionales o digitales. También se cubren reuniones presenciales y contenido generado por terceros, como influencers cuya audiencia incluya residentes de la UE. Un punto importante es que los materiales educativos y eventos del sector pueden ser una excepción, siempre que no incluyan enlaces a plataformas extranjeras que ofrezcan servicios de criptoactivos.
A pesar de estas estrictas regulaciones, las empresas no pertenecientes a la UE aún pueden ofrecer sus servicios a clientes europeos sin infringir MiCA, siempre que no realicen ninguna forma de solicitación activa. Para mantenerse dentro del marco legal y reducir riesgos, se recomienda seguir varias mejores prácticas.
Mantenimiento de registros claros: Es crucial documentar todas las interacciones con clientes de la UE para demostrar que la comunicación fue iniciada por el cliente y no por la empresa.
Revisión de materiales de marketing: Todas las estrategias promocionales, anuncios y publicaciones en redes sociales deben revisarse cuidadosamente para evitar la exposición involuntaria a audiencias de la UE.
Bloqueo geográfico como último recurso: Para algunas empresas, implementar restricciones geográficas puede ser una solución más simple en lugar de monitorear continuamente sus estrategias de marketing y evitar cualquier posible infracción.
Después de que un cliente de la UE se registre en una plataforma extranjera sin solicitación previa, siguen existiendo estrictas limitaciones. No se permite mostrar contenido promocional de otros servicios cripto disponibles en la plataforma, lo que impide el uso de banners promocionales, actualizaciones por correo electrónico o ventanas emergentes.
La aplicación de estas regulaciones puede interpretarse de distintas maneras y su impacto dependerá de la práctica legal. Con MiCA entrando en vigor, la oferta de servicios cripto en la UE se ha vuelto cada vez más restrictiva. Un ejemplo de ello es la exclusión de stablecoins como USDT del mercado europeo debido a las nuevas exigencias regulatorias.
Si bien técnicamente las empresas fuera de la UE aún pueden operar en el mercado europeo bajo ciertas condiciones, la implementación de las medidas de ESMA hace que esta opción sea prácticamente inviable. La recomendación de aplicar bloqueos geográficos a usuarios de la UE deja claro que el objetivo es limitar la participación de proveedores de criptoactivos que no estén registrados bajo la normativa de la UE.
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